IMPUESTO SOBRE EL PLÁSTICO DE ENVASES DE UN SOLO USO NO RECICLADOS
El pasado mes de abril de 2022 estuvo marcado por la noticia sobre este impuesto que entraría en vigor el 1 de enero de 2023. Todos los sectores afectados, se pusieron manos a la obra de acuerdo con las indicaciones sobre la repercusión de este producto en el medio ambiente, motivo principal de este gravamen.
En Industrias Químicas Iris se vienen aplicando medidas de reducción y reciclaje para una economía circular por lo que se valora positivamente cualquier medida alineada en el sentido de reducción de residuos de envase, especialmente los de plástico no reciclado.
Aunque aún hoy se sabe que hay puntos de aplicación que no están suficientemente aclarados, ya van desarrollándose líneas de información desde diferentes asociaciones que nos permiten tener algo de luz en este asunto.
Se sabe que el impuesto en sí grava el uso de material plástico no reciclado con 0,45 €/kilo en envases, para lo cual hay que conocer qué material usamos en nuestros envases y tratar de modificar nuestro consumo usando plástico reutilizable o haciendo ciertas modificaciones a la hora de emplearlo. Hay que obtener, de nuestros proveedores, la información técnica del material, así como, por ejemplo, ver la trazabilidad en cuanto a las importaciones de países de la UE o de terceros.
Siguiendo con las declaraciones de diferentes fuentes acreditadas, (CADEPA, ASEFAPI, AEAT, etc.) encontramos lo siguiente:
- Es el envase no reutilizable el que se gravará. Quedará exento el envase reutilizable además de aquellos envases que estén destinados para uso médico, sanitario o agrícola, así como aquellos cuyo destino y facturación sea fuera de España.
- Otros usos diferentes a los nombrados anteriormente, así como productos de exportación que se facturen en España podrán estar también exentos acreditando, con un Certificado de Reciclado, la cantidad de material plástico reciclado que compone el envase.
- Destinos y mercados no incluidos en las anteriores opciones, así como material plástico 100% virgen deberán abonar este impuesto.
Para el pago del impuesto ya se ha especificado la Orden HFP/1314/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 592 «Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación» y el modelo A22 «Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Solicitud de devolución», donde se determinan la forma y procedimiento para su presentación y se regulan la inscripción en el Registro territorial, la llevanza de la contabilidad y la presentación del libro registro de existencias.
A su vez, en nuestra comunidad autónoma, el pasado 1 de diciembre se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.
Esta ley está en línea con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular de carácter estatal y es la que promueve el Impuesto
¿Qué pasos pueden dar los productores y consumidores de este material?
Se han marcado unos plazos para la adaptación de la producción, el uso y los conocimientos relativos a la normativa y los impuestos que se derivan de la misma comenzando con la inscripción en el Registro de Productores de producto y , por ejemplo, continuar notificando la cantidad de envases introducidos en el mercado (se realiza desde 2021). En 2035 se espera que el TOTAL DEL PLÁSTICO utilizado en envases sea reciclado o reutilizable. Sin duda es un hito difícil pero nuestro entorno y la humanidad están en peligro.
Real Decreto de Envases y Residuos de Envases: otro procedimiento a tener en cuenta.
El BOE del pasado día 28 de diciembre publicó el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases, de obligada lectura en todas las empresas.
Esta normativa tiene como objetivo reducir el impacto ambiental de los envases y promover su reutilización y reciclaje. Para ello establece una serie de obligaciones que afectan a los envases utilizados en el sector. Más detalles aquí: https://asefapi.es/actualidad/2022/12/28/real-decreto-de-envases-y-residuos-de-envases/. ¡Es importante no confundir el real decreto y el impuesto sobre el plástico!
Las problemáticas sobre dicha puesta en vigor se han estado expresando en ciertos puntos de interés que afectan negativamente como la incertidumbre de la aplicación o repercusión pero igualmente sancionadas de no ser escrupulosamente atendidas, desabastecimiento (y encarecimiento) de material reciclado para todos los sectores demandantes, encarecimiento reiterado (tras las subidas de la energía y los combustibles, la guerra en Ucrania, etc…) del producto, dudas legales derivadas del impuesto en exportación etc. Poco a poco se van dilucidando puntos relativos a este importante tema. Puedes informarte aquí, en ASEFAPI: https://www.asefapi.es/files/archivo_file_111111_112824.pdf
No obstante, conviene seguir de cerca la evolución de la información con los recursos de que disponemos.
Nuevos términos: SIRAP y SCRAP
En estas circunstacias, conocemos nuevos términos relacionados con este impuesto y que nos pueden ayudar a materializarlo correctamente. Ambos son un medio para estimular la prevención, el ecodiseño y la reciclabilidad de los productos, y para ello comprende una serie de obligaciones, que se asumen a través de sistemas individuales (SIRAP) o colectivos (SCRAP) de responsabilidad ampliada del Productor (SRAP).
Hay varias organizaciones dedicadas, entre otros, a la creación de SCRAPS. Ello proporciona un entorno informativo documentado sobre cómo evaluar, reestructurar o aplicar según sea necesario este impuesto. El fin: asistir a los socios adheridos a dichas organizaciones con la información relativa para ayudarles a materializar correctamente la aplicación.
Estas obligaciones son, fundamentalmente, relativas a la prevención, puesta en el mercado y a la recogida de residuos (con una cantidad mínima exigida). La responsabilidad ampliada del productor se aplica actualmente a diversos flujos presentes en los residuos tales como envases, RAEEs, pilas y acumuladores, aceite, neumáticos, etc.
Una sociedad consumista nos ha llevado a un peligroso incremento de residuos. Esos residuos se han convertido en un problema medioambiental de primer orden, por eso su gestión eficiente es fundamental. Hay muchas soluciones para resolver este problema, y la lucha contra las importaciones y las exportaciones fraudulentas de productos sometidos a responsabilidad ampliada del productor es una de ellas.
Con todo esto, dichas organizaciones crean entornos informativos (Workshop) para tratar de hacer llegar información fidedigna todo lo relacionado con esta imposición ayudándonos a todos a comprender y llevar de forma correcta a la práctica todas las obligaciones reseñadas. Desde aquí, agradecemos su esfuerzo.
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