Nueva normativa diisocianatos
Estimado Cliente,
Como bien sabrá el próximo 24 de agosto entrará en vigor la prohibición de utilizar productos que contengas diisocianatos en virtud del Reglamento 2020/1149, el cual establece excepciones a esta prohibición:
- a) la concentración de diisocianatos individualmente y en conjunto es inferior al 0,1 % en
- b) el empleador (o el trabajador por cuenta propia) garantizan que los usuarios industriales o profesionales han completado con éxito la formación sobre el uso seguro de los diisocianatos antes de utilizar las sustancias o las mezclas.
Por nuestra parte, los proveedores estamos obligados a introducir en los envases la siguiente frase: “A partir del 24 de agosto de 2023 es obligatorio tener la formación adecuada para proceder a un uso industrial o profesional” en todos los productos que contengan estas sustancias.
El Ministerio de Sanidad ha reiterado que esta formación para que sea válida tiene que impartirse de acuerdo con el RD 39/1997, es decir por una entidad acreditada de prevención.
Para la formación del personal, nuestra asociación ASEFAPI, ha llegado a un acuerdo para facilitar a sus socios y a los clientes de los mismos el cumplimiento de esta obligación de la forma más sencilla y de acuerdo a la legalidad.
Adjuntamos opciones formativas y datos de contacto para el caso que considere esta oportunidad, pudiendo hacer referencia a ASEFAPI para acogerse a sus condiciones.
Quedamos como siempre a su disposición para aclarar cualquier duda.